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Azuay, suspendidas 13 concesiones mineras

Por incumplimientos a normas técnicas ambientales el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) ha suspendido 13 concesiones de minería metálica en Azuay en lo que va de 2022.

Nueve de estas están en el cantón Camilo Ponce Enríquez, dos en Cuenca (en las parroquias Victoria del Portete y Chaucha) y dos en Girón, de acuerdo con esta cartera de Estado.

Las clausuras, según el MAATE, fueron por cinco motivos. Los dos principales: almacenamiento inadecuado de desechos peligrosos o combustible, y falta de señalética de seguridad.

Otras causas son: mal manejo de escombreras; porque no hay un correcto tratamiento y manejo de aguas de mina; y por no presentar monitoreos de calidad de agua.

Los nombres de las concesiones paralizadas no se han hecho públicos oficialmente debido a que estas son parte de un proceso legal que finalmente definirá su futuro.

El MAATE comunicó que a nivel nacional ha suspendido las actividades en 146 concesiones mineras desde mayo de 2021 cuando inició el mandato de Guillermo Lasso como presidente del Ecuador.

Entre estas están las de Azuay, y otras que están en provincias como: Morona Santiago, Zamora Chinchipe, Chimborazo, Cotopaxi, El Oro, Imbabura, Chimborazo, Loja, Napo y Pichincha.

Hugo Martínez, ingeniero en medio ambiente, explicó que es necesario que el MAATE mantenga un cronograma de control al menos mensual de las concesiones para verificar que cumplan con sus planes ambientales.

Detalló que el Código Orgánico del Ambiente (COA) le faculta a esta cartera de Estado hacer inspecciones permanentes a estas áreas mineras y disponer las clausuras en caso de que sea necesario.

El MAATE es el encargado de emitir la orden de paralización por escrito, mientras a la Agencia de Regulación de Energía y Recursos Naturales no Renovables (Arcernnr) le corresponde la colocación de los sellos.

Indicó que el artículo 187 del COA establece que el MAATE “podrá ordenar como medida provisional la suspensión inmediata de la actividad o actividades específicas del proyecto que generaron el incumplimiento”.

Además, determina que “para el levantamiento de la suspensión, el operador deberá remitir un informe de las actividades ejecutadas con las evidencias que demuestren que se han subsanado los incumplimientos”.

Fuente: DMC