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Impuesto a la Renta sobre USD 1.750 al mes

A partir de este año, quienes tengan un sueldo mensual superior a 1.750 dólares deberán pagar el Impuesto a la Renta. Así lo confirmó el director general del Servicio de Rentas Internas (SRI), Francisco Briones.

“El SRI para este 2023 aumentó la base imponible libre de impuesto, aquella que paga cero dólares, y lo aumentamos de 1.709 en 2022 a 1.750 dólares para este año«, explicó el funcionario.

La base libre de impuestos aumenta debido a una actualización de los rangos de las tablas de liquidación del Impuesto a la Renta de personas naturales, sucesiones indivisas y sobre herencias, legados y donaciones.

La actualización se efectúa conforme la variación anual del Índice de Precios al Consumidor del área urbana, rubro que emite el INEC con corte al 30 de noviembre de cada año.

Así, Briones aclaró que quienes ganen 977 dólares al mes no pagan este rubro. Agregó que, la confusión se pudo dar debido a que se actualizó la tabla de Impuesto a la Renta que establece que la fracción básica desgravada es de 11.722 dólares.

“Lo que hicieron muchas personas es dividir eso (11.722) para 12. Pero eso no toma en cuenta que los trabajadores en razón de dependencia, en enero entregan al SRI, a través de Talento Humano, un formulario con la proyección de gastos. Cuando pasa la proyección, el trabajador se hace acreedor de un beneficio que aumenta esa base imponible hasta 1.750 dólares”, explicó el director de la entidad tributaria.

Para calcular el Impuesto a la Renta que debe pagar un contribuyente se considera lo siguiente: de la totalidad de ingresos gravados se restarán las devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones, imputables a tales ingresos. A este resultado se le llama «base imponible».

“Tenemos rebaja por gastos personales que se mantienen dentro de seis rubros establecidos. Estos son: salud, vivienda, alimentación, vestimenta, turismo y educación, este último incluye actividades de arte y cultura prestadas por personas naturales o sociedades que tengan registrada la actividad artística o cultural en el RUC”, indicó el asesor tributario José Escandón.

Fuente: Universo