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Ministerio Ambiente en Ecuador denuncia presunta contaminación en Montañita

El Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica de Ecuador presentó una denuncia por la presunta contaminación de un río en la turística localidad de Montañita, situada en la península de Santa Elena, este del país.

En un comunicado emitido este miércoles, esta cartera indicó que la Dirección Zonal 5 presentó ante la Fiscalía General del Estado una denuncia por la presunta infracción al artículo 251 del Código Orgánico Integral Penal en la parroquia de Manglaralto-Guayas, por la supuesta contaminación del río Estero Chicharrón de Montañita.

El proceso se encuentra en etapa de investigación previa, precisó el documento.

La acción del Ministerio sigue a una inspección realizada en atención a una denuncia a través de las redes sociales.

En la inspección se identificaron incumplimientos a la norma técnica y a la normativa ambiental vigentes dentro del proyecto «Revisión del Sistema de Alcantarillado Existente, Diseño Definitivo de la Estación de Agua Cruda y del Tratamiento de Aguas Residuales y Estudio de Impacto Ambiental para la Comuna Montañita».

Dicho proyecto es operado por el local Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) del cantón Santa Elena.

«Nosotros trabajábamos diariamente en el control y seguimiento a la gestión de los GAD, para que todos los proyectos que pudieran tener algún impacto de tipo ambiental o hídrico cumplan con la normativa y requisitos técnicos establecidos para su ejecución», señaló la directora zonal de la provincia de Guayas, Isabel Tamariz.

La Cartera de Estado solicitó que se realice en el plazo de dos días un monitoreo de calidad de agua por medio de un laboratorio acreditado, así como la presentación de un plan emergente y un informe completo.

La denuncia se basa en el Código Orgánico del Ambiente, que indica que «cuando se detecten, a través de los mecanismos de control y seguimiento, incumplimientos al plan de manejo ambiental o a la normativa ambiental aplicable, el operador deberá presentar un plan de acción, en el término máximo de quince días».

El plan de acción deberá ser aprobado por la autoridad ambiental competente que realizará el control y seguimiento, de acuerdo con el cronograma respectivo y los demás mecanismos establecidos en la legislación ecuatoriana.

Fuente: El Mercurio