El Código de la Niñez y de la Adolescencia determina la preferencia materna tras una separación. En Ecuador, un 5% de hombres está al cuidado de sus hijos.
¿Quién debe quedarse con los hijos luego de un divorcio o separación? En Ecuador, lo hacen el 95% de las madres, esto debido a que el Código de la Niñez y de la Adolescencia determina que las mujeres tienen preferencia, ante la justicia, para quedarse como encargadas de la crianza de los hijos.
En abril 2015, Farith Simón, abogado y catedrático, interpuso ante la Corte Constitucional (CC) una demanda de inconstitucionalidad sobre dos numerales del artículo 106 del Código de la Niñez.
Numeral 2: ante la falta de acuerdo de los progenitores o si lo acordado por ellos es inconveniente para el interés superior del hijo o hija, la patria potestad de los que no han cumplido 12 años se confiará a la madre. Salvo que se pruebe que con ello se perjudica los derechos del menor.
Numeral 4: Si ambos progenitores demuestran iguales condiciones, se preferirá a la madre, siempre que no afecte el interés superior del hijo o la hija.
Viola el principio de igualdad
Santiago Villarreal, fundador de Coparentalidad Ecuador, menciona que la preferencia materna contradice a la Constitución que destaca que “para el cuidado, crianza y protección de los hijos se deberá corresponsabilizar al padre y madre en igualdad de condiciones”.
Además, según Villarreal, el Código de la Niñez (art 106) no cumple con los conceptos de igualdad y no discriminación. “Aquí lo que se está haciendo es perpetuando a la mujer, en un rol discriminatorio que debe ser la única que debe ser el tema de cuidado, crianza y tareas del hogar por el tema de los hijos (…) se discrimina a los padres y se nos otorga el rol de proveedores económicos y visitantes de nuestros hijos”.
Fuente: La Hora