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Estado de excepción focalizado en ocho provincias hasta la medianoche del 9 de abril dispone la Corte Constitucional

La Corte Constitucional dio el aval de manera parcial al Decreto Ejecutivo 1282 emitido por el presidente de la República, Lenín Moreno, bajo ciertas condiciones.

En la sesión extraordinaria del último martes 6 de abril, el pleno de la Corte dispuso que el estado de excepción focalizado en ocho provincias se mantenga vigente hasta la medianoche del 9 de abril próximo y no por 30 días, “en razón que las medidas adoptadas, en particular el toque de queda, fueron justificadas por el presidente de la República únicamente hasta esa fecha”.

Asimismo, las Fuerzas Armadas podrán involucrarse en el control del orden público solo durante el horario dispuesto de toque de queda para la vigilancia del cumplimiento de las restricciones establecidas en el decreto y “ejercerán un rol excepcional, complementario y coordinado con el de la Policía Nacional”, especificó la Corte en un comunicado.

En su dictamen, la Corte indica que la suspensión de los derechos a la libertad de tránsito y de asociación y reunión será idónea, necesaria y proporcional, únicamente dentro del horario dispuesto para el toque de queda y siempre que permitan cumplir con los objetivos del estado de excepción sin interrumpir el normal funcionamiento del Estado, en especial, del proceso electoral en curso.

Fuente: El Universo